Obtención del Registro de Director Responsable de Obra y/o Corresponsable

Objetivo General

  Evaluar los conocimientos de los aspirantes a Director Responsable de Obra (DRO) y/o Corresponsables en sus distintas especialidades, para que en caso favorable sean integrados al Padrón de auxiliares de la Administración.

Criterios de operación:

1.- La obtención del registro de DRO y/o Corresponsable está apegada a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Código Fiscal del Distrito Federal, Reglamento interior de la Administración Pública del Distrito Federal, Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

2.- Para aspirar al registro como DRO se requiere acreditar que posee cédula profesional de Arquitecto, Ingeniero Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor Militar o Ingeniero Municipal;

  Para aspirar al registro como Corresponsable se requiere acreditar que posee cédula profesional de Ingeniero Civil, Arquitecto, Ingeniero Arquitecto, Ingeniero Constructor Militar, Ingeniero Municipal, Ingeniero Mecánico Electricista, Ingeniero Mecánico, Ingeniero Electricista;

  El aspirante deberá solicitar su registro mediante el formato TISCDF_ERD_1.

  La solicitud será signada de manera autógrafa por el aspirante, bajo protesta de decir verdad.

3.- El Aspirante deberá integrar un expediente donde se deben incluir copias del Título profesional, Cédula profesional, fotografías, Currículum vitae, acreditar la membresía del Colegio de profesionales correspondiente por medio de carta expedida por este, tres referencias (cartas de recomendación), preferentemente de Directores Responsables de Obra o Corresponsables, pago por derechos de evaluación y anexo técnico, de acuerdo a las guías para la integración del expediente TISCDF_ERD_1_GUÍA_EXPEDIENTE_1 y anexo técnico TISCDF_ERD_GUÍA_ANEXO_TÉCNICO_1 respectivas.

4.- El aspirante deberá presentar proyectos de acuerdo a la normatividad vigente en la materia.

5.- En caso de que el expediente no cumpla con los requisitos establecidos, se le informará al Aspirante de las carencias, a fin de que las subsane y el trámite siga su curso.

6.- Una vez que se ha reunido el número de expedientes para proceder a la evaluación, o llegada la fecha establecida, los expedientes son enviados al Comité Técnico para su evaluación y posterior informe.

  El tiempo en que se desarrollan estas actividades es variable, debido a que los Comités Técnicos definen sus propios tiempos de actuación y son ajenos a la Unidad Administrativa.

7.- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda o el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal para los Corresponsables en Seguridad Estructural, en el caso de resultado favorable, entregan carnet al Aspirante, mismo que lo acredita como auxiliar de la Administración. En caso contrario le regresa su expediente.

8.- El trámite se realiza en el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, ubicado en José María Izazaga 89, 1° piso, esq. calle Isabel la Católica y calle 5 de Febrero, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06090